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Drones en parques nacionales y espacios protegidos: fotografía aérea y zonas ZRVF

Guías

Drones en parques nacionales y espacios protegidos: fotografía aérea y zonas ZRVF

Qué dicen el RD 517/2024 y el RD 1180/2018 sobre volar un dron en espacios protegidos, parques nacionales y zonas restringidas al vuelo fotográfico.

Las fotos aéreas de un paisaje natural están entre los motivos más habituales para comprar un dron. También están entre los casos donde más conviene mirar la normativa, porque se cruzan varias reglas: las de protección medioambiental, las de seguridad y las de fotografía aérea. Esta guía resume lo que dicen las normas y a quién hay que preguntar.

Las normas que se aplican

El artículo 37.1 del Real Decreto 517/2024 considera zonas geográficas de UAS generales las zonas prohibidas y restringidas para la Defensa, la protección de los intereses nacionales o la seguridad pública; las zonas restringidas para la protección medioambiental; las zonas restringidas al vuelo fotográfico (ZRVF); y las estructuras de espacio aéreo asociadas a la gestión flexible del espacio aéreo. Las prohibiciones concretas no están en ese real decreto, sino que remite a los artículos 17 a 20 del Real Decreto 1180/2018 (Reglamento del aire). El artículo 15.1 de este último aclara que sus restricciones afectan a todas las aeronaves, tripuladas y no tripuladas.

Zonas restringidas por protección medioambiental (artículo 19 del RD 1180/2018)

El artículo 19.1 establece que son zonas restringidas los volúmenes de espacio aéreo asociados a los parques nacionales, y a otros espacios naturales protegidos cuya conservación pueda verse afectada por el tráfico aéreo. Después distingue:

  • En los parques nacionales rige su legislación específica.
  • En el resto de espacios protegidos y en la Red Natura 2000 se prohíbe, según el apartado 2: sobrevolar con aeronaves de motor a una altura que impida el uso normal del espacio o afecte a sus objetivos de conservación, en la medida en que esas alteraciones puedan tener un efecto apreciable; sobrevolar, con cualquier aeronave, zonas de nidificación en época de reproducción o de concentración de aves protegidas; y el sobrevuelo con fines turísticos no autorizado por el gestor del espacio protegido.
  • El apartado 3 exceptúa, entre otras, las operaciones autorizadas por el gestor del espacio protegido.

La consecuencia práctica es que el gestor del espacio (el parque, la comunidad autónoma o el organismo competente) es quien conoce las condiciones concretas y quien puede autorizar. Antes de planificar un vuelo en un espacio protegido, contacta con él y pregunta por las limitaciones de ese espacio y de la época del año. Esta guía no sustituye esa consulta, y no puede decirte que un vuelo en un lugar concreto esté permitido.

Zonas restringidas al vuelo fotográfico (ZRVF)

El artículo 20 del Real Decreto 1180/2018 define las ZRVF como zonas restringidas a la realización de fotografía, filmación o cualquier toma de imágenes aéreas. Se aplican a zonas o instalaciones de acceso restringido cuyo conocimiento está protegido por información legalmente clasificada. En ellas «sólo podrán realizarse vuelos fotográficos autorizados». Ten en cuenta que la restricción se refiere a las imágenes, no solo al hecho de volar.

Estas zonas aparecen en el mapa oficial junto con el resto. Hay una ficha explicativa en fotografía aérea restringida.

Zonas prohibidas y restringidas por Defensa o seguridad

Las zonas prohibidas y restringidas del artículo 18 del Real Decreto 1180/2018 siguen otra lógica. En las prohibidas se prohíbe la navegación aérea a toda clase de aeronaves, con excepciones autorizadas por la entidad responsable. En las restringidas, además de las aeronaves y actividades no afectadas, pueden operar las que autorice la entidad responsable. Puedes ver ambos tipos en zonas prohibidas y zonas restringidas.

Por otro lado, el artículo 38 del Real Decreto 517/2024 trata las instalaciones militares, las zonas de interés para la Defensa Nacional y las infraestructuras de la seguridad del Estado: para volar sobre ellas, además de las autorizaciones que te correspondan por categoría, hace falta el permiso previo y expreso del titular, del gestor o de la autoridad que determine el Ministerio de Defensa. Esto puede afectar a zonas aparentemente naturales: no todo lo que parece monte abierto está libre de instalaciones.

Entornos urbanos y recreativos

Algunas áreas con aspecto de parque son en realidad entornos urbanos. El artículo 40.1.c incluye las áreas recreativas de acceso público con construcciones o instalaciones para el ocio, el recreo o el deporte, las playas que reúnan ambos requisitos y los parques o jardines de competencia de las entidades locales. En ellas se aplica la comunicación previa al Ministerio del Interior y las distancias a edificios. Lo desarrollamos en volar un dron en ciudad.

Zonas temporales

El artículo 37.3 contempla zonas geográficas de UAS de carácter temporal, con vigencia de seis meses o menos, y reservas o restricciones del artículo 21 del Real Decreto 1180/2018. Se publican mediante NOTAM o suplemento AIP cuando es necesario, y en otro caso se distribuyen solo en el formato digital común único. Un incendio, una operación aérea o un evento pueden crear una zona que ayer no existía. Mira zonas de uso temporal y el mapa el mismo día.

Fotografía aérea y personas

Los datos personales también cuentan. AESA indica que el registro del operador es exigible cuando el dron lleva un sensor capaz de capturar datos personales, y la definición de zona geográfica de UAS del AIP de ENAIRE menciona expresamente la privacidad y la protección de datos personales. Antes de grabar o publicar imágenes donde se reconozca a personas, consulta la normativa de protección de datos y, ante la duda, pide asesoramiento. Esta guía no entra en ese terreno.

Antes de ir a un espacio natural

  1. Identifica si el lugar es parque nacional, otro espacio protegido o Red Natura 2000.
  2. Contacta con el gestor del espacio para saber si el sobrevuelo está limitado o necesita autorización.
  3. Consulta el mapa oficial de ENAIRE (cómo leerlo).
  4. Comprueba que tu operador está registrado y que cumples la categoría de vuelo.
  5. Evita zonas de nidificación y concentraciones de aves en la época sensible.

Preguntas frecuentes

¿Los parques nacionales son zonas restringidas para drones?

El artículo 19.1 del Real Decreto 1180/2018 considera zonas restringidas los volúmenes de espacio aéreo asociados a los parques nacionales, y el artículo 37 del Real Decreto 517/2024 los incluye entre las zonas geográficas de UAS generales. En los parques nacionales rige su legislación específica.

¿Qué es una ZRVF?

Una zona restringida al vuelo fotográfico: según el artículo 20 del Real Decreto 1180/2018, restringida a la realización de fotografía, filmación o cualquier toma de imágenes aéreas, donde solo pueden hacerse vuelos fotográficos autorizados.

¿Puedo grabar desde el aire cualquier sitio si mi dron está registrado?

No. El registro no sustituye a las zonas geográficas ni a las autorizaciones. Consulta el mapa oficial y, en espacios protegidos, al gestor del espacio.

Publicado el 30 de octubre de 2026

Consultar el mapa oficial de ENAIRE